Contenidos
Cualquier persona que esté pensando en viajar debe ser consciente de que las restricciones están sujetas a cambios con poca antelación, y todos los pasajeros deben investigar adecuadamente y considerar cuidadosamente la necesidad de su viaje en este momento. Los ciudadanos deben ser conscientes de las posibles limitaciones a la asistencia consular que se les pueda prestar. También es importante comprobar con su proveedor de seguros de viaje la cobertura antes de viajar.
Si está pensando en viajar al extranjero, se le aconseja que siga los consejos oficiales y la información proporcionada por las autoridades de su destino. A continuación encontrará información sobre las restricciones de entrada aplicadas por otros países. El país de destino puede imponer restricciones adicionales, incluso durante su visita.
Validez: La prueba debe realizarse como máximo 72 horas antes de la llegada en el caso de una prueba de amplificación de ácidos nucleicos (incluyendo RT-PCR, TMA o LAMP) o como máximo 48 horas antes de la llegada en el caso de una prueba de detección rápida de antígenos.
Los pasajeros procedentes de terceros países que cumplan los requisitos de entrada en España que figuran en la página web del Gobierno o los pasajeros que no sean titulares de un DCC de la UE deberán cumplimentar el Formulario de Control Sanitario antes de su salida (también disponible en la app Spain Travel Health).
Debe presentar los documentos originales o copias certificadas por el organismo que los emitió. No se aceptan fotocopias ni copias compulsadas. Todos los documentos deben estar vigentes (no caducados). No podemos aceptar un recibo que demuestre que ha solicitado el documento.
Si no tiene uno de estos documentos específicos o no puede conseguir un reemplazo para uno de ellos en un plazo de 10 días, pediremos ver otros documentos. Todos los documentos presentados, incluidos los siguientes, deben estar vigentes (no caducados) y mostrar su nombre, datos de identificación (fecha de nacimiento o edad) y, preferiblemente, una fotografía reciente:
Cuando solicite una sustitución o una corrección de la tarjeta de la Seguridad Social, deberá mostrarnos una prueba de su identidad, su situación migratoria y su autorización de trabajo. Además, si necesita cambiar o corregir algún dato de su tarjeta de la Seguridad Social, debe mostrarnos ciertos documentos sobre el cambio. Sólo podemos aceptar ciertos documentos.
Debe presentar los documentos originales o copias certificadas por el organismo que los emitió. No podemos aceptar fotocopias ni copias compulsadas. Todos los documentos deben estar vigentes (no caducados). No podemos aceptar un recibo que demuestre que ha solicitado el documento.
Esta guía explica los procesos de registro que debe realizar como ciudadano británico que vive en España. Debe inscribirse tanto en el registro central de extranjeros como en el padrón municipal. Los niños también deben estar inscritos en ambos sistemas.
El 6 de julio de 2020, el gobierno español introdujo un nuevo documento de residencia para los nacionales del Reino Unido que viven en España y tienen derechos en virtud del Acuerdo de Retirada: la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Esta tarjeta biométrica indica explícitamente que ha sido expedida a su titular en virtud del Acuerdo de Retirada.
Si se registra como residente después del 6 de julio de 2020 pero vivía en España antes del 1 de enero de 2021, debe seguir un proceso de dos pasos para obtener su TIE. Si cumple los requisitos y su solicitud es aprobada se le expedirá el TIE. Los hijos también deben empadronarse y obtener su propio TIE.
Puede hacerlo por vía electrónica (si tiene una firma digital), en persona con cita previa en la oficina de inmigración o a través de un representante tercero de su elección que puede presentar su solicitud, electrónicamente o en persona, en su nombre.
La obtención de este número es un paso previo y necesario para poder solicitar el alta en la Seguridad Social, que es lo que realmente crea la relación requerida y permite empezar a trabajar, ya sea como autónomo o como trabajador por cuenta ajena.
Es un trámite obligatorio para cualquier persona que quiera trabajar en el país, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia. La obtención del número es un paso previo a la inscripción en la seguridad social.
Para solicitar el número de la Seguridad Social, debe acudir personalmente a la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social donde se encuentre su domicilio o donde esté la empresa en la que va a prestar sus servicios. No es necesario pedir cita previa.