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El gobierno decreta el estado de alarma
Cuándo comenzó y terminó el bloqueo en españa
A continuación se detallan los grupos de medidas más relevantes previstas por el RD y cuya ejecución ha sido delegada en el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Ministro de Sanidad, en sus respectivas competencias.
El RD establece que durante el periodo de estado de alarma sólo se podrá circular por las vías públicas (incluyendo el uso de vehículos privados) para realizar las siguientes actividades:
Aunque la literalidad del precepto sólo limita el desarrollo de dichas actividades de naturaleza similar, exigiendo que se realicen de forma individual, una interpretación integradora y teleológica del precepto debe llevarnos a la conclusión de que el resto de las actividades deben realizarse también de forma individual.
El RD establece la posibilidad de que, para garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en la norma, las autoridades competentes puedan requisar temporalmente bienes e imponer a las personas la realización de un servicio personal obligatorio.
¿qué significa el estado de alarma?
En España el estado de alarma es el más bajo de los tres grados de estado de excepción que permite al gobierno realizar acciones o imponer políticas que normalmente no le estarían permitidas. Está regulado en el artículo 116.2 de la Constitución de España.
El estado de alarma es declarado por el Gobierno mediante un decreto aprobado por el Consejo de Ministros por un periodo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente a tal efecto. Sin la autorización del Congreso dicho plazo no podrá ser prorrogado, y dicho decreto establecerá el alcance y las condiciones vinculantes durante su duración. El decreto determinará el ámbito territorial al que se extienden los efectos de la declaración.
El 4 de diciembre de 2010 se declaró el primer estado de alarma a raíz de la huelga de controladores aéreos[2][3], que duró hasta el 16 de enero de 2011 y fue la primera vez desde el régimen de Francisco Franco que se declaraba el estado de excepción[4].
El primer estado de excepción de la historia se decretó el 25 de octubre de 2020, principalmente para instaurar un toque de queda desde las doce de la noche hasta las seis de la mañana con el fin de hacer frente a la generalización de las reuniones sociales entre los jóvenes[9].
Cómo ha afectado el covid a españa
Se prevé que las administraciones autonómicas y municipales mantengan las facultades que les confiere la legislación vigente en la “gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que consideren necesarias en el marco de las órdenes directas de la Autoridad Competente a los efectos del estado de alarma” ( art. 6).
El art. 7 del Real Decreto establece una “limitación” a la libertad de circulación de las personas (garantizada por el art. 17 de la Constitución). Según el mismo, los ciudadanos sólo pueden circular por las vías de uso público para realizar determinadas actividades, fundamentalmente (al margen de causas de fuerza mayor o situaciones de necesidad) para satisfacer sus necesidades básicas, desplazarse al lugar de trabajo para realizar su prestación laboral, profesional o empresarial y regresar al lugar de residencia habitual.
Además, se prevén ciertas obligaciones para los “operadores críticos de servicios esenciales” (art. 18: adopción de medidas para garantizar la prestación de dichos servicios, incluso por parte de operadores no críticos si son imprescindibles para asegurar el abastecimiento de la población y los propios servicios esenciales; no se definen los servicios que deben considerarse esenciales) y para los “medios de comunicación públicos y privados” (art. 19: obligación de insertar los mensajes, anuncios y comunicaciones que las autoridades delegadas competentes o las administraciones autonómicas y locales consideren necesario emitir).
Cuándo salió españa del estado de sitio
La Constitución Española de 1978 (CE) incluye una previsión específica (artículo 116) para los tres denominados estados de excepción -el estado de alarma, el estado de excepción y el estado de sitio- que se regularán mediante una Ley Orgánica. El Gobierno declarará el estado de alarma mediante decreto, acordado por el Consejo de Ministros, y especificará el ámbito territorial al que se aplicarán los efectos de la proclamación. Podrá durar hasta 15 días como máximo y sólo podrá ser prorrogado, sin límite, por la autorización del Congreso. El estado de excepción debe ser autorizado por el Congreso y luego declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros. Deberá indicar específicamente sus efectos, el ámbito territorial al que se aplicará y su duración, que no podrá exceder de 30 días, prorrogables por otro periodo de 30 días con los mismos requisitos. Además, el Art. 55.1 del TS establece que sólo en los estados de excepción y de sitio se pueden suspender algunos derechos fundamentales, pero no en el “estado de alarma”, donde sólo se pueden limitar.