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Prestación por cese de actividad
Fideicomiso de indemnización por despido
El actual entorno mundial y la desaceleración económica están obligando a muchas empresas a reducir su plantilla de forma temporal o permanente. La NIC 191 tiene un único enfoque contable para todas las indemnizaciones por cese, a diferencia de los PCGA de EE.UU., que tienen varios modelos de reconocimiento dependiendo de si las prestaciones son voluntarias, involuntarias, contractuales, únicas, etc. A continuación, ofrecemos una visión general de lo que consideramos las 10 principales diferencias entre las normas NIIF y los US GAAP en relación con las indemnizaciones por cese y los acuerdos de cesión.
Las indemnizaciones por cese se refieren a la finalización permanente de una relación laboral y pueden adoptar diversas formas, como pagos a tanto alzado y/o pagos periódicos futuros. Estas prestaciones pueden ofrecerse como parte de un evento de reestructuración más amplio o por separado. Una distinción importante a la hora de contabilizar las indemnizaciones por despido de los empleados es si esas medidas son voluntarias o involuntarias.
Por el contrario, un permiso es una licencia temporal obligatoria de la que se espera que el empleado regrese al trabajo o se restablezca a partir de un horario de trabajo reducido. Los permisos suelen consistir en la ausencia de salario o en la reducción del mismo para los empleados y/o en la continuación de determinadas prestaciones complementarias. Pueden ser o no por un periodo de tiempo determinado. Estos acuerdos permiten a una empresa ahorrar costes pero, en última instancia, mantener su plantilla hasta que algunos o todos esos empleados puedan volver al trabajo. La contabilización de los acuerdos de excedencia depende de varios factores: por ejemplo, si los empleados relacionados se consideran activos o inactivos y si la excedencia es voluntaria o involuntaria. En este sentido, la contabilización de los permisos tiene similitudes con la de las indemnizaciones por despido.
Indemnizaciones por despido filipinas
Las indemnizaciones por despido son las que se deben a un empleado que deja de trabajar para una empresa. Las indemnizaciones que se deben a un empleado despedido varían en función del motivo del despido, el puesto de trabajo y la situación del empleado en el momento del despido, así como de la política y los procedimientos de la empresa. Las leyes que rigen el empleador y la ubicación de la organización también pueden influir en las prestaciones por despido que se conceden.
El derecho a las prestaciones de los empleados despedidos depende en gran medida del motivo del despido, que puede ser voluntario o involuntario. Las indemnizaciones por cese voluntario son las que se conceden a los empleados que cesan voluntariamente en su empleo. La mayoría de las veces, los empleados deciden poner fin a su relación laboral a cambio de un paquete de prestaciones especializado.
Por otro lado, las indemnizaciones por cese involuntario se conceden a aquellos empleados que no tienen elección en cuanto a su empleo. Por lo general, el empresario comunica a los empleados el plan de rescisión con antelación, pero no es posible negociar la continuidad del empleo. Dependiendo de la situación, los empleados pueden o no tener derecho a las indemnizaciones por despido.
Cálculo de las indemnizaciones por despido
En junio de 2005, el CNIC publicó un proyecto de modificación de la NIC 19 Retribuciones a los empleados (1998), que trata de la contabilización de las indemnizaciones por cese, junto con las propuestas de modificación de la NIC 37 Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes. Con respecto a las indemnizaciones por cese, el CNIC propuso:
En octubre de 2009, el Consejo decidió provisionalmente finalizar esas modificaciones de la NIC 19 por separado y que las entidades deberían aplicar las modificaciones para los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2011, permitiéndose su adopción anticipada.
Prestaciones por cese de actividad ifrs
Estas directrices han sido elaboradas para que los departamentos de la Oficina del Presidente asignen códigos de Descripción de Servicio (DOS) a las prestaciones por cese voluntario e involuntario pagadas a los empleados a través del Sistema de Nómina/Personal (PPS). Los campus deben elaborar directrices similares que indiquen a sus departamentos que utilicen los nuevos códigos DOS en lugar de los códigos básicos del PPS y los asignados localmente.
Las directrices se aplican a los pagos por despido efectuados a los empleados de todos los programas de personal, incluidos los programas académico, de grupo de alta dirección, de gestión y profesional superior, y de personal profesional y de apoyo.
En general, las indemnizaciones por cese pueden concederse a un empleado como resultado de un cese anticipado de servicios, ya sea voluntario o involuntario. Las prestaciones por cese son aquellas que se añaden a las prestaciones normales (por ejemplo, la paga de vacaciones, la cobertura sanitaria estándar, etc.) proporcionadas al cese y que no se proporcionan a través del UCRP o del plan de salud de los beneficiarios1. Los siguientes son ejemplos de prestaciones por cese: