Ley de educacion actual en españa

Importancia de la educación en españa

Desde el restablecimiento del régimen democrático en 1977, la política educativa está regulada directamente por el artículo 27 de la Constitución española (1978), que afirma el derecho fundamental a la educación gratuita. Sin embargo, el reparto de competencias entre el Estado central y las Comunidades Autónomas no está directamente definido en la Constitución. De hecho, según el artículo 149.3 la mayoría de las competencias en materia de educación pueden ser eventualmente transferidas a las Comunidades Autónomas, pero éstas sólo pueden legislar sobre aquellas cuestiones que la legislación marco haya dejado abiertas, o sobre las que el Estado no haya aprobado aún leyes marco, o no encuentre razones para hacerlo. Paradójicamente, las Comunidades Autónomas tienen un amplio abanico de competencias en materia de educación: la titularidad administrativa de los centros educativos; la fundación, la construcción y la gestión de los centros educativos; la supervisión del profesorado y del resto del personal; y la organización de la vida cotidiana en los centros.

Nivel de educación en españa

Artículo 27 de la Constitución Española.1. Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.3. Los poderes públicos garantizan el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.4. La enseñanza elemental es obligatoria y gratuita.

Datos sobre la escuela española

En lo que será la octava ley educativa de España en poco más de cuatro décadas de democracia, la LOMLOE (‘Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación’) fue aprobada por el Congreso español el jueves, tras un intenso debate.

Conocida popularmente como “Ley Celaá” -en honor a la actual ministra de Educación del partido socialista PSOE, Isabel Celaá-, la ley fue aprobada en medio de un parlamento dividido y está pendiente de revisión en el Senado español.

Con 177 votos a favor, 148 en contra y 17 abstenciones, la ley fue respaldada por los diputados del PSOE y sus socios en el gobierno de coalición en minoría, Podemos, así como por los grupos políticos nacionalistas y más pequeños: el partido Esquerra Republicana (ERC), el Partido Nacionalista Vasco, Más País, Compromís y Nueva Canarias.  La izquierda política española acogió la nueva política educativa como “moderna, equitativa e integradora”.

Sin embargo, el Partido Popular (PP), el partido de extrema derecha Vox y algunos miembros de Ciudadanos (Cs) se opusieron firmemente. En nombre del principal partido de la oposición, Sandra Moneo, del PP, dijo que la reforma “rompe el sistema de libertades y el consenso constitucional”.

La escuela en españa

La primera legislación sobre educación primaria en la España contemporánea aparece en la Constitución de 1812. Se menciona pero no se discute en detalle. La primera discusión real sobre la educación primaria en el contexto de un sistema educativo total se encuentra en la Ley Moyano de 1857. Según esta ley o acto educativo, la enseñanza elemental debía ser obligatoria y gratuita. Esta ley también estableció las bases de la enseñanza privada en España, que en aquel momento eran principalmente las Escuelas Católicas.

Durante los años 1874 a 1923, época de la Restauración Española y de la Dictadura del General Primo de Rivera, se establecieron en España una serie de reformas educativas que, sin embargo, no cambiaron el carácter fundamental de la Enseñanza Primaria establecido por la Ley Moyano de 1857.

Algunos de los cambios más importantes en la educación primaria llegaron con la instauración de la Segunda República en 1931. En esta época se estableció la unidad escolar única y la obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza primaria. Otros cambios importantes de esta época fueron el uso de las lenguas regionales como lenguas de enseñanza y la no obligatoriedad de la enseñanza de la religión.